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En estos tiempos que es más acuciante respetar las normas de seguridad en la realización de los trabajos que conllevan, como riesgo añadido, trabajar en altura o en lugares de difícil acceso, conviene disponer de los servicios de una empresa profesional capaz de solucionar los problemas de aplicación y seguridad que existen habitualmente.

Los sistemas de seguridad en el trabajo que hemos desarrollado, siendo referencia a nivel nacional, conllevan un considerable ahorro, al resultar innecesarios el uso de andamiajes y otros medios auxiliares convencionales, evitando las molestias y gastos que éstos siempre llevan consigo. Al gran ahorro en la realización de los trabajos que ofrecemos se une la 1ª calidad de los materiales empleados, que repercute amplia y favorablemente en la relación calidad precio de la obra.

Le ofrecemos la posibilidad de contratar obras con más seguridad, más rapidez de ejecución, con los materiales más apropiados y a un precio mucho más competitivo.

SIMA después de años de esfuerzo logró el reconocimiento a su labor, desde el año 1999, con la obtención de credencial de la Asociación Nacional de empresas de Trabajos Verticales (ANETVA) que acredita que nuestra empresa es la única en Navarra que se halla homologada para efectuar todo tipo de trabajos verticales, cumpliendo con la normativa de seguridad vigente y respetando la ética y deontología empresarial.


La formación de los trabajadores es una labor obligatoria, según el Art. 19 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales:
Artículo 19º. Formación de los trabajadores.
1. En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva, tanto en el momento de su contratación, cualquiera que sea la modalidad o duración de ésta, como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo.
La formación deberá estar centrada específicamente en el puesto de trabajo o función de cada trabajador, adaptarse a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos y repetirse periódicamente, si fuera necesario.
2. La formación a que se refiere el apartado anterior deberá impartirse, siempre que sea posible, dentro de la jornada de trabajo o, en su defecto, en otras horas pero con el descuento en aquélla del tiempo invertido en la misma. La formación se podrá impartir por la empresa mediante medios propios o concertándola con servicios ajenos, y su coste no recaerá en ningún caso sobre los trabajadores.

Ha pensado quién formará a los trabajadores sobre elección, uso o técnicas correctas para realizar con seguridad su trabajo?

SIMA dispone de personal, medios y experiencia en la formación de trabajadores sobre prevención y seguridad de trabajos verticales y en altura. Visite nuestra zona de FORMACIÓN.

Ponemos a su disposición una ámplia selección de Epis con demostrados resultados de efectividad. Visite nuestra zona de PRODUCTOS.

    Grupo Sima C/Artekale, 24 , 31013 Berriozar (Navarra) · info@gruposima.es · Tel 948 30 94 60 · Fax 948 30 94 61 VERMAPA